Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Disposiciones generales
Art. 53
En vigor desde 10 abr 2019
El ejercicio de la potestad sancionadora en el ámbito de la presente ley, se regirá por lo previsto en la legislación sobre régimen jurídico y procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas vigente, así como por lo previsto en esta ley y en el resto de la normativa que la desarrolle.
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Proeli/es-ex/l/2019/04/05/7#art-53