Art. 53
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 53

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En vigor desde 10 abr 2019
El ejercicio de la potestad sancionadora en el ámbito de la presente ley, se regirá por lo previsto en la legislación sobre régimen jurídico y procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas vigente, así como por lo previsto en esta ley y en el resto de la normativa que la desarrolle.
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eli/es-ex/l/2019/04/05/7#art-53