Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 4.ª Del régimen económico financiero
Art. 142
En vigor desde 1 may 2019
En el Sespa la contratación se regirá por las normas generales de contratación de las Administraciones Públicas, ostentando el Director Gerente la condición de órgano de contratación, con las limitaciones que se establezcan en la Leyes de Presupuestos Generales del Principado de Asturias.
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Proeli/es-as/l/2019/03/29/7#art-142