Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 3
En vigor desde 8 ago 2018
1. El Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral, que también puede utilizar el acrónimo IBASSAL, es un organismo autónomo de los previstos en el artículo 2.1.a) de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la comunidad autónoma de las Illes Balears, creado por la Ley 13/2017, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2018.
2. El Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral se rige por esta ley, por su ley de creación, por el resto de disposiciones que resulten de aplicación y por las normas que la desarrollen.
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Proeli/es-ib/l/2018/07/31/7#art-3