Título TÍTULO IV
Art. 90
En vigor desde 30 jul 2018
La publicidad que comporte una conducta no igualitaria o discrimine directa o indirectamente de acuerdo con esta ley será considerada ilícita, en los términos establecidos en la legislación vigente sobre esta materia.
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Proeli/es-ar/l/2018/06/28/7#art-90