Título TÍTULO V

Art. 54

En vigor desde 29 mar 2018
Las conclusiones de las actuaciones de investigación de accidentes e incidentes así como las justificaciones de su no investigación se harán públicas a través de la página web de la Comissió d’Investigació d’Accidents Ferroviaris, salvo por lo que a ese respecto disponga, en su caso, la autoridad judicial.
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eli/es-vc/l/2018/03/26/7#art-54

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