Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª Requisitos relativos a los procedimientos gestionados por las entidades de resolución alternativa

Art. 21

En vigor desde 5 nov 2017
La decisión, propuesta o acta de acuerdo amistoso que ponga fin al procedimiento debe estar debidamente motivada y ser notificada a las partes por escrito o en cualquier otro soporte duradero.
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eli/es/l/2017/11/02/7#art-21

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