Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO I

Art. 63

En vigor desde 24 ago 2017
El régimen disciplinario que establece esta ley se entiende sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en que puedan incurrir los funcionarios de la Policía Local de Extremadura, que se hará efectiva en la forma legalmente establecida.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ex/l/2017/08/01/7#art-63

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil