Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 23
En vigor desde 8 ago 2014
1. La contratación de la Agencia Tributaria Canaria se ajustará a la normativa de contratos del sector público.
2. El órgano de contratación de la Agencia Tributaria Canaria es la persona titular de la Dirección.
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Proeli/es-cn/l/2014/07/30/7#art-23