Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 3
En vigor desde 27 oct 2014
En la aplicación de esta ley, las administraciones públicas deberán actuar conforme a los principios de lealtad institucional, coordinación y colaboración, en los términos previstos en el artículo 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
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Proeli/es-ga/l/2014/09/26/7#art-3