Título TÍTULO V

Art. Disposición adicional decimoquinta

En vigor desde 21 oct 2013
Las Cortes de Castilla y León crearán, de acuerdo con lo dispuesto en su Reglamento, una Comisión Parlamentaria para la evaluación del cumplimiento de esta ley y su implementación, en la que estarán representados todos los grupos parlamentarios de la Cámara, y que será convocada, al menos, una vez en cada período de sesiones. Ante dicha Comisión se tramitarán las iniciativas de impulso y control de la acción de Gobierno que tengan por objeto, específicamente, la citada evaluación de la aplicación y desarrollo de la ley.
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eli/es-cl/l/2013/09/27/7#disposicion-adicional-decimoquinta

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