Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 28 feb 2014
La presente ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears».
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Proeli/es-ib/l/2013/11/26/7#disposicion-final-segunda