Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 28 dic 2019
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas y tarifas: Tarifa 1. Instrumentos de medida. 1.1 Autorización de modelo de equipos de medida para su uso e instalación en la red: 45,00 euros. 1.2 Comprobación de contadores y limitadores de electricidad, transformadores de medida y contadores de agua y de gas: 7,79 euros por unidad verificada. Tarifa 2. (Suprimida) Tarifa 3. Servicios eléctricos. 3.1 Por tramitación administrativa, inscripción registral y control administrativo de instalaciones de baja tensión. 3.1.1 Instalaciones de baja tensión sin proyecto: 36,33 euros. Quedarán exentas las instalaciones de enlace y acometidas de hasta 150 metros individuales y para edificios de viviendas. 3.1.2 Instalaciones de baja tensión con proyecto, se aplicará una cuota de: a) En los supuestos de inversión total menor o igual a 10.000 euros: 36,33 euros. b) Por cada 10.000 euros o fracción adicional del presupuesto, se sumarán 6,12 euros, con un límite máximo a abonar de 3.000 euros. 3.2 Autorización administrativa previa de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica en alta tensión, según presupuesto total: a. Hasta 10.000 euros del presupuesto: 65,50 euros. b. Por cada 5.000 euros o fracción adicional del presupuesto, se sumarán 11,10 euros con un límite máximo a abonar de 4.000 euros 3.3 Autorización administrativa de construcción de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica en alta tensión, según presupuesto total: a. Hasta 10.000 euros del presupuesto: 65,50 euros. b. Por cada 5.000 euros o fracción adicional del presupuesto, se sumarán 11,10 euros con un límite máximo a abonar de 4.000 euros. 3.4 Declaración de utilidad pública de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica en alta tensión: a. Hasta 10.000 euros del presupuesto: 98,27 euros. b. Por cada 5.000 euros o fracción del presupuesto adicional, se sumarán 16,66 euros con un límite máximo a abonar de 7.000 euros. 3.5 Tramitación de expedientes de expropiación forzosa u ocupación temporal. Por cada expediente: 3.500,00 euros. 3.6 Inscripción definitiva en el registro de instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial. Cuota: 166,58 euros. 3.7 Cambios de titularidad y otras modificaciones de datos de instalaciones de producción de energía eléctrica, Sección de Producción en Régimen Especial, inscritas definitivamente. Cuota: 60,00 euros. 3.8 Por tramitación administrativa, inscripción registral y control administrativo de instalaciones y Líneas de media y alta tensión no sometidas a autorización administrativa, se aplicará una cuota de: a) En los supuestos de inversión total menor o igual a 10.000 euros: 36,33 euros. b) Por cada 10.000 euros o fracción adicionales de inversión, se sumarán 6,12 euros, con un límite máximo a abonar de 3.000 euros. 3.9 Por tramitación administrativa de solicitudes de regularización de instalaciones eléctricas en alta tensión en base al Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, inscripción registral y control administrativo: a) Centros de seccionamiento o transformación: 50 euros. b) Líneas eléctricas de tensión inferior o igual a 45 kV: 1.º) Hasta 1 km de longitud a regularizar, considerando la de cada uno de los circuitos: 50,00 euros. 2.º) Por cada km de longitud adicional: 25 euros. c) Líneas eléctricas de tensión superior a 45 kV e inferior o igual a 132 kV: 1.º) Hasta 1 km de longitud a regularizar, considerando la de cada uno de los circuitos: 100,00 euros. 2.º) Por cada km de longitud adicional: 50 euros. d) Líneas eléctricas de tensión superior a 132 kV: 1.º) Hasta 1 km de longitud a regularizar, considerando la de cada uno de los circuitos: 150,00 euros. 2.º) Por cada km de longitud adicional: 75 euros. e) Subestaciones de maniobra o transformación: 300,00 euros. Tarifa 4. Equipos a presión. 4.1 Tramitación administrativa, inscripción registral, control administrativo y autorización de puesta en marcha de equipos a presión: 65,68 euros. 4.2 Obtención de placas de instalación e inspecciones periódicas: 2,03 euros/unidad. Tarifa 5. Aparatos elevadores. 5.1 Tramitación administrativa, inscripción registral y control administrativo de grúas: 166,98 euros. 5.2 Tramitación administrativa, inscripción registral y control administrativo del resto de aparatos elevadores: a. En edificios destinados a viviendas de hasta 5 plantas: 47,74 euros. b. En edificios destinados a viviendas de más de 5 plantas: 95,74 euros. c. Instalados en edificios de pública concurrencia y otros: 95,74 euros. 5.3 Obtención de pegatinas de instalación e inspección de ascensores: 0,18 euros/unidad. Tarifa 6. Instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria. Tramitación administrativa, inscripción y control administrativo de instalaciones. 6.1 Instalaciones sin proyecto: 11,69 euros. 6.2 Instalaciones con proyecto, se aplicará una cuota de: a. En los supuestos de inversión total menor o igual a 10.000 euros: 40,07 euros. b. Por cada 10.000 euros o fracción adicionales de inversión, se sumarán 6 euros, con un límite máximo a abonar de 3.000 euros. Tarifa 7. Instalaciones de transporte y distribución de gas canalizado. 7.1 Autorización de instalaciones de transporte y distribución de gas canalizado, según presupuesto total: a. Hasta 10.000 euros del presupuesto: 59,00 euros. b. Por cada 5.000 euros o fracción adicional del presupuesto, se sumarán 10 euros con un límite máximo a abonar de 3.000 euros. 7.2 Aprobación de proyectos de construcción de instalaciones de transporte y distribución de gas canalizado, según presupuesto total: a. Hasta 10.000 euros del presupuesto: 59,00 euros. b. Por cada 5.000 euros o fracción adicional del presupuesto, se sumarán 10 euros con un límite máximo a abonar de 3.000 euros. 7.3 Declaración de utilidad pública de instalaciones de transporte y distribución de gas canalizado: a. Hasta 10.000 euros del presupuesto: 88,50 euros. b. Por cada 5.000 euros o fracción adicional del presupuesto, se sumarán 15 euros con un límite máximo a abonar de 6.000 euros. 7.4 Tramitación de expedientes de expropiación forzosa u ocupación temporal. Por cada expediente: 3.500,00 euros. Tarifa 8. Instalaciones de almacenamiento y de utilización de combustibles gaseosos. Tramitación administrativa, inscripción y control administrativo de instalaciones. 8.1 Instalaciones sin proyecto: 35,62 euros. 8.2 Instalaciones con proyecto, se aplicará una cuota de: a. En los supuestos de inversión total menor o igual a 10.000 euros: 47,87 euros. b. Por cada 10.000 euros o fracción adicionales de inversión, se sumarán 6 euros, con un límite máximo a abonar de 3.000 euros. Tarifa 9. Instalaciones petrolíferas. Tramitación administrativa, inscripción registral y control administrativo. 9.1 Instalaciones sin proyecto: 35,62 euros. 9.2 Instalaciones con proyecto, se aplicará una cuota de: a. En los supuestos de inversión total menor o igual a 10.000 euros 47,87 euros. b. Por cada 10.000 euros o fracción adicionales de inversión, se sumarán 6 euros, con un límite máximo a abonar de 3.000 euros. Tarifa 10. Instalaciones contra incendios en establecimientos industriales: Tramitación y control administrativo. 10.1 Instalaciones sin proyecto: 35,62 euros. 10.2 Instalaciones con proyecto, se aplicará una cuota de: a. En los supuestos de inversión total menor o igual a 10.000 euros: 47,87 euros. b. Por cada 10.000 euros o fracción adicionales de inversión, se sumarán 6 euros, con un límite máximo a abonar de 3.000 euros. Tarifa 11. Almacenamiento productos químicos: Tramitación y control administrativo. 11.1 Instalaciones sin proyecto: 35,62 euros. 11.2 Instalaciones con proyecto, se aplicará una cuota de: a. En los supuestos de inversión total menor o igual a 10.000 euros: 47,87 euros. b. Por cada 10.000 euros o fracción adicionales de inversión, se sumarán 6 euros, con un límite máximo a abonar de 3.000 euros. Tarifa 12. Instalaciones frigoríficas. Tramitación administrativa, inscripción registral y control administrativo o, en su caso, autorización. 12.1 Instalaciones sin proyecto: 35,62 euros. 12.2 Instalaciones con proyecto: a. En los supuestos de inversión total menor o igual a 10.000 euros: 47,87 euros. b. Por cada 10.000 euros o fracción adicionales de inversión, se sumarán 6 euros, con un límite máximo a abonar de 3.000 euros. Tarifa 13. Tramitación administrativa e inscripción registral de equipos e instalaciones de rayos X de diagnóstico médico. Cuota: 35,62 euros. Tarifa 14. Vehículos y dispositivos de control y limitación. 14.1 Catalogación de vehículo histórico: 32,64 euros. 14.2 Emisión de certificado de conformidad (ATP) a vehículos trasladados de otro país parte contratante del ATP: 45,90 euros. 14.3 Expedición de certificado de conformidad (ADR) para vehículos trasladados de otro país parte contratante del ADR: 45,90 euros. 14.4 Autorización, renovación y ampliación de marca de centros técnicos de tacógrafos digitales o analógicos: 45,90 euros. 14.5 Autorización y ampliación de marca de entidades para instalación y comprobación de funcionamiento de dispositivos de limitación de velocidad: 45,90 euros. Tarifa 15. Tramitación y control administrativo de entidades de inspección y control reglamentario y de entidades colaboradoras. 15.1 Inscripción registral y control administrativo de organismos de control en materia de seguridad industrial, incluido aparatos de bronceado: 59 euros. 15.2 Autorización, inscripción registral y control administrativo de organismos en materia de metrología (organismos notificados, organismos de control metrológico y organismos autorizados de verificación metrológica): 106,87 euros. Tarifa 16. Expedición de documentos y certificados. 16.1 Expedición de documentos que acrediten aptitud o capacidad para el ejercicio de actividades reglamentarias y sus registros correspondientes, incluyendo certificados personales de manipulación de gases fluorados: 11,69 euros. 16.2 Renovación de documentos que acrediten aptitud o capacidad para el ejercicio de actividades reglamentarias y sus registros correspondientes. Cada uno: 11,69 euros. 16.3 Derechos de examen para obtención de títulos profesionales: 11,69 euros. 16.4 Expedición de certificados de empresa, incluyendo los certificados de empresas manipulación de gases fluorados: 59,00 euros. 16.5 Expedición de certificados a instancia de parte en materia de industria y seguridad industrial: 11,69 euros. Tarifa 17. Tramitación administrativa de la declaración de inicio de una actividad. 17.1 Tramitación de la declaración responsable de entidades de formación: 59 euros. 17.2 Tramitación de la declaración responsable de empresas o entidades de servicios relativas a la actividad industrial: 59 euros. Tarifa 18. Actuaciones y servicios en materia de certificaciones de eficiencia energética de viviendas y edificios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Por inscripción de certificado de eficiencia energética de los edificios, o de su actualización o renovación, en el registro autonómico: 16 euros. Se modifican los apartados 2 a 4 de la tarifa 3 por el art. 15 de la Ley 11/2019, de 20 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-1997 Se suprime la tarifa 2 y se modifican las 3 y 14, por el art. 13.2 a 4 de la Ley 3/2016, de 5 de mayo. Ref. BOE-A-2016-6725 Se modifica por la disposición final 3 de la Ley 8/2013, de 21 de noviembre. Ref. BOE-A-2014-1368#dftercera Se modifica por la disposición final 3 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre. Ref. BOE-A-2013-2558#df-3 Se modifica, con efectos de 1 de mayo de 2012, por el .1 de la Ley 2/2012, de 19 de abril. Ref. BOE-A-2012-10757

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eli/es-cm/l/2008/11/13/7#art-3

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