Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 49

En vigor desde 20 ene 2008
1. Las prescripciones contenidas en este capítulo serán de aplicación al aire ambiente y a la contaminación introducida en él por sustancias, por luminosidad de origen artificial y por ruidos y vibraciones. 2. Queda excluido del ámbito de aplicación de esta ley: a) La contaminación del aire en el interior de los centros de trabajo regulada por su legislación específica. b) La contaminación del aire producida por todas las radiaciones no luminosas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-an/l/2007/07/09/7#art-49

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil