Título TÍTULO VI
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 30 jun 2005
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley, la Junta de Castilla y León aprobará el reglamento regulador del procedimiento para la elaboración y aprobación de las relaciones de puestos de trabajo.
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Proeli/es-cl/l/2005/05/24/7#disposicion-final-segunda