Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección I. Selección

Art. 41

En vigor desde 30 jun 2005
1. El acceso a los Cuerpos y Escalas de funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León se producirá, como norma general, a través del sistema de oposición. 2. Cuando por la naturaleza de las funciones a desempeñar se hayan de valorar determinados méritos o niveles de experiencia, podrá utilizarse el sistema de concurso-oposición. 3. El sistema de concurso sólo se aplicará excepcionalmente para seleccionar personal funcionario, previa resolución motivada de la Junta de Castilla y León, y siempre que una ley específica lo prevea.
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eli/es-cl/l/2005/05/24/7#art-41

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