Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. Disposición transitoria tercera
En vigor desde 1 ene 2006
Los órganos de gobierno del Organismo Autónomo Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid continuarán ejerciendo sus funciones en tanto no queden constituidos los nuevos órganos de gobierno de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid, con el fin de garantizar el normal desarrollo de las actividades y el ejercicio de las atribuciones que le están conferidas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/2005/12/23/7#disposicion-transitoria-tercera