Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 45

En vigor desde 23 ago 2004
Quien, sea mujer u hombre, esté utilizando o hubiera utilizado, en los últimos dos años, una licencia de maternidad, un permiso de paternidad, una reducción de jornada o una excedencia para el cuidado de familiares tendrá un derecho preferente a participar en los cursos formativos organizados por la Administración pública gallega.
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eli/es-ga/l/2004/07/16/7#art-45

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