Título TÍTULO V

Art. 77

En vigor desde 10 may 2004
1. Se crea la Junta Regional de Homologación de Trofeos de Caza adscrita a la Consejería competente, cuya composición y funcionamiento se determinará por la misma. 2. Dicha Junta, a efectos de homologación nacional o internacional de los trofeos que valore, trasladará sus propuestas a la Junta Nacional de Homologación de Trofeos de Caza y colaborará con la misma en los cometidos que le sean propios.
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eli/es-mc/l/2003/11/12/7#art-77

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