Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 22 sept 1998
En los quince días siguientes a la elección de los Académicos, por las Cortes Valencianas, el Presidente de la Generalitat realizará mediante Decreto el correspondiente nombramiento.
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eli/es-vc/l/1998/09/16/7#disposicion-transitoria-segunda

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