Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 33

En vigor desde 1 ene 1998
Se incluye un nuevo párrafo en el artículo 33.2 de la Ley 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública, cuyo tenor es el siguiente: «A los funcionarios en comisión de servicios se les reservará su puesto de trabajo.»
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eli/es-cb/l/1997/12/30/7#art-33

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