Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Requisitos para el establecimiento de actividades empresariales turísticas

Art. 25

En vigor desde 19 jul 1995
Las actividades que requieran conocimientos específicos se desarrollarán por quienes posean la debida cualificación o titulación académica, de acuerdo con la normativa estatal y de la Unión Europea.
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eli/es-cn/l/1995/04/06/7#art-25

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