Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 83
DerogadoEn vigor desde 7 ago 1990
Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta ley las bibliotecas de titularidad de los territorios históricos y las de titularidad estatal, salvo aquéllas para cuya gestión el Gobierno Vasco firme un convenio.
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Proeli/es-pv/l/1990/07/03/7#art-83