Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 8

En vigor desde 10 dic 2024
1. La coordinación general en materia de simplificación administrativa, en el ámbito de la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental, se hará a través de la Comisión Interdepartamental para la Transformación Digital y la Simplificación Administrativa. 2. Son funciones de la Comisión el impulso, la priorización y la supervisión del desarrollo e implantación de los planes y objetivos en materia de simplificación administrativa, calidad de los servicios públicos y transformación digital de la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental. 3. La Comisión será asistida, en el ejercicio de sus funciones, por una o varias comisiones técnicas designadas a tal efecto. 4. La composición y funciones de la Comisión Interdepartamental y de las comisiones técnicas se establecerán reglamentariamente.
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eli/es-vc/l/2024/12/05/6#art-8

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