Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 1.ª Plazos de resolución y sentido del silencio
Art. 32
En vigor desde 10 dic 2024
1. Como regla general, y de acuerdo con la normativa básica estatal, el plazo máximo de notificación de la resolución en todos los procedimientos administrativos competencia de la Generalitat será de tres meses.
2. Excepcionalmente, y de forma motivada podrá establecerse un plazo superior. Este plazo no podrá exceder de seis meses salvo que una norma con rango de ley establezca uno mayor o así venga previsto en el Derecho de la Unión Europea.
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Proeli/es-vc/l/2024/12/05/6#art-32