Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
En vigor desde 10 dic 2024
Este título de la ley es aplicable a:
a) La Administración de la Generalitat y su sector público instrumental, en los términos que establece el presente título.
b) Los entes que integran la Administración local, en los términos que establece el presente título.
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Proeli/es-vc/l/2024/12/05/6#art-2