Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.a De los archivos privados

Art. 14

En vigor desde 12 may 2023
Son archivos privados, a los efectos de esta ley, los que custodian documentos generados por personas físicas o jurídicas de naturaleza privada en el ejercicio de las funciones y actividades que les son propias y radiquen en el territorio de la Comunidad de Madrid.
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eli/es-md/l/2023/03/30/6#art-14

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