Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO I

Art. 51

En vigor desde 31 ago 2022
La consejería, en sus líneas de actuación para el fortalecimiento de la cadena alimentaria del sector vitivinícola y dentro del marco de la normativa reguladora del funcionamiento de la cadena alimentaria, tendrá como objetivos: a) Promover un mejor reparto del valor a lo largo de la cadena alimentaria. b) Impulsar la transparencia de la formación de los precios, las relaciones contractuales y de posicionamiento en los distintos eslabones. c) Facilitar, en el seno del Comité Regional Vitivinícola y/o de la Organización Interprofesional Regional, la interlocución de los agentes que integran la cadena alimentaria de Castilla-La Mancha. d) Fomentar la conformación de figuras de calidad de las establecidas en el título IV de la ley, con especial énfasis en el sector primario de la cadena. e) Instar al sector para que se establezcan costes de producción de referencia.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/2022/07/29/6#art-51

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil