Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª De las sanciones
Art. Disposición final octava quater
En vigor desde 26 jun 2024
1. Se crea la Red Canaria de Acción Climática, que permitirá establecer un marco permanente y estable de cogobernanza en materia de acción climática, para facilitar el diseño y seguimiento de las políticas en materia de cambio climático, en el que estarán representados, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los Cabildos Insulares y los Ayuntamientos de Canarias.
2. Corresponden a la Red Canaria de Acción Climática las funciones de conocer las políticas de lucha frente al cambio climático y el estado de la Comunidad Autónoma en esta materia, así como la de formular recomendaciones en relación con planes, programas y líneas de actuación.
3. Reglamentariamente se regulará su composición y régimen de funcionamiento.
Se añade por el art. único.64 del Decreto-ley 5/2024, de 24 de junio. Ref. BOE-A-2024-23635
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Proeli/es-cn/l/2022/12/27/6#disposicion-final-octava-quater