Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 6

En vigor desde 26 jun 2024
El diseño y la implementación de las medidas que se adopten conforme a esta ley deberán responder a los principios reconocidos en el derecho internacional, comunitario, de la Unión Europea y estatal de aplicación en materia de acción climática, así como, en particular, a los principios siguientes: 1. Prevención en la toma de decisiones que afectan al medio ambiente y a la ciudadanía, así como a los riesgos y daños derivados de acontecimientos naturales inducidos por el cambio climático. 2. Evaluación y seguimiento de los objetivos y contribuciones de esta ley, teniendo presente el hecho insular y la situación ultraperiférica de Canarias. 3. Promoción de la participación y la conciencia ciudadana, así como de la responsabilidad compartida de todos los agentes sociales y económicos en las acciones de mitigación y adaptación al cambio climático y, en concreto, en la erradicación de la pobreza energética. 4. Promoción e implementación de las buenas prácticas de las entidades públicas, agentes económicos y sociales. 5. Transparencia, consulta y acceso a la información. 6. Fomento de la eficiencia y seguridad energéticas. 7. Priorización de la producción de energía renovable, almacenamiento y autoconsumo. 8. Fomento y planificación de la movilidad sostenible. 9. Colaboración pública y privada para alcanzar los objetivos de esta ley. 10. Cooperación, colaboración y coordinación entre las Administraciones públicas. 11. Igualdad entre mujeres y hombres. 12. Protección de colectivos vulnerables, con especial consideración a la infancia y a las personas mayores. 13. Utilización de las mejores tecnologías disponibles en cada momento a precios razonables. 14. Resiliencia. 15. Protección y promoción de la salud pública. 16. Precaución. 17. No regresión. 18. Justicia climática y transición justa. 19. Fomento de la eficiencia y seguridad hídrica. Se modifica por el art. único.4 del Decreto-ley 5/2024, de 24 de junio. Ref. BOE-A-2024-23635

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eli/es-cn/l/2022/12/27/6#art-6

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