Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 4 ago 2020
Las fundaciones son organizaciones constituidas sin fin de lucro que, por voluntad de las personas fundadoras, tienen afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general.
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eli/es-cb/l/2020/07/15/6#art-2

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