Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 26
En vigor desde 4 dic 2020
1. La Consejería competente en materia de cultura favorecerá la creación de redes y circuitos de exhibición que aseguren la programación de Artes Escénicas en los municipios extremeños, definiendo su naturaleza, pública o privada, para poder:
a) Contribuir a mejorar la programación de los espacios adheridos a la Red o circuito.
b) Fomentar la creación y formación de públicos en el ámbito de las Artes Escénicas en Extremadura.
c) Facilitar la distribución y exhibición de las producciones de artes escénicas de mayor calidad artística y técnica.
d) Fomentar los sectores profesionales de creación, producción y distribución de espectáculos de Artes Escénicas en Extremadura.
e) Impulsar una programación estable en los espacios escénicos de la Red o circuito.
f) Propiciar la dotación de los recursos técnicos y humanos necesarios para el logro de los objetivos anteriores.
g) Proporcionar asesoramiento técnico y artístico, así como un espacio de formación y reciclaje profesional para los agentes que actúan en el sector, que haga posible la mejora en la gestión, el incremento de sus competencias profesionales y el intercambio de experiencias.
h) Prestar especial atención al fomento de la exhibición de espectáculos destinados a la infancia y la juventud.
2. Las ferias y muestras de Artes Escénicas se configuran como espacios para la promoción y exhibición de espectáculos, como espacio de estudio e investigación de aspectos del sistema de las Artes Escénicas y, también, como foro de encuentro e intercambio entre artistas, personas creadoras y públicos de todo tipo de manifestaciones escénicas. Por ello:
a) Las Administraciones Públicas extremeñas procurarán el desarrollo de normativas que favorezcan la participación de propuestas escénicas extremeñas en estos foros de difusión e intercambio artístico.
b) Se fomentará la coordinación entre estos modelos de exhibición que se desarrollen en la Comunidad autónoma extremeña.
3. Las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, establecerán los mecanismos necesarios por los que se habrá de regir el funcionamiento de aquellos festivales y otros eventos de difusión importantes de artes escénicas, como Ferias, Muestras, Jornadas y encuentros profesionales que cuenten con participación de fondos públicos, con el fin de:
a) Lograr la mayor adecuación posible entre contenidos y público de referencia.
b) Racionalizar y optimizar los recursos públicos.
c) Establecer una red de festivales escénicos y marcos de coordinación entre los mismos.
d) Desarrollar políticas de coordinación entre todas las Administraciones Públicas implicadas en la organización de ferias, muestras y festivales escénicos en la Región para desarrollar una red o mapa que ayude a fomentar su difusión en el exterior.
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Proeli/es-ex/l/2020/12/01/6#art-26