Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional séptima

En vigor desde 5 jul 2018
Se amplía en diez años, a partir de 2018, el plazo para la cancelación del préstamo por importe de 125.443.000.000 pesetas (753.927.614,10 euros) otorgado a la Seguridad Social por el Estado, a que se refiere el artículo 11.tres de la Ley 65/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1998.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2018/07/03/6#disposicion-adicional-septima

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil