Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional centésima quincuagésima quinta

En vigor desde 5 jul 2018
La modificación realizada por la disposición final décima novena de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017 de la disposición adicional segunda de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, tendrá la misma naturaleza que los incrementos permanentes de recaudación previstos en el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
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eli/es/l/2018/07/03/6#disposicion-adicional-centesima-quincuagesima-quinta

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