Título TÍTULO X

Art. 64

En vigor desde 30 nov 2018
A fin de sensibilizar y formar en el trato y comportamiento para con los animales, el Gobierno de La Rioja programará periódicamente, junto con las entidades defensoras y colaboradoras, campañas divulgadoras e informativas del contenido de esta ley para los cursos escolares y para la población en general, y tomará medidas que contribuyan a fomentar el respeto y la defensa de los animales en colaboración con estas entidades.
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eli/es-ri/l/2018/11/26/6#art-64

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