Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final quinta
En vigor desde 7 jun 2016
La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el « Diario Oficial de Galicia » .
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2016/05/04/6#disposicion-final-quinta