Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 34
En vigor desde 11 abr 2015
El Instituto Aragonés de la Juventud, a la hora de planificar y ejecutar políticas de educación y formación a favor de las personas jóvenes, coordinará acciones relativas a la educación no reglada y de apoyo a la reglada, con la finalidad de cumplir los objetivos establecidos en el artículo 4.
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Proeli/es-ar/l/2015/03/25/6#art-34