Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 313

En vigor desde 29 jun 2016
El procedimiento electoral se ajustará al siguiente cronograma: Fecha Plazo D+0 Día de inicio del proceso electoral que especifique la convocatoria. D+3 Constitución de la Comisión Central. D+7 Constitución de las Juntas provinciales. D+10 Publicación de la relación de Mesas. D+10 Publicación del censo. D+10 Final de presentación de candidaturas. D+14 Reclamaciones contra la delimitación de Mesas. D+17 Notificación de no admisión de candidatura. D+20 Final de reclamaciones contra el censo. D+27 Final del plazo de reclamaciones contra la inadmisión de candidaturas. D+30 Notificación de las reclamaciones contra el censo. D+33 Recurso contra las resoluciones sobre el censo. D+34 Resolución recursos de inadmisión de candidaturas. D+38 Resolución de reclamaciones contra el censo. D+35 Final del plazo para solicitar voto por correo. D+40 Publicación de las candidaturas admitidas. D+47 Final plazo para remitir la documentación para votar por correo. D+47 Fin del plazo para designar interventores. D+56 Recepción del voto por correo. D+57 Votación. D+60 Escrutinio general. D+63 Reclamaciones al escrutinio. D+73 Resolución de reclamaciones al escrutinio. Se modifica por el art. único de la Ley 6/2016, de 24 de junio. Ref. BOE-A-2016-6650 .

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eli/es-ex/l/2015/03/24/6#art-313

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