Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 305

En vigor desde 29 jun 2016
El nombramiento del Presidente y de los Vocales de la Comisión Central y de las Juntas provinciales, así como la designación de quien desempeñe las funciones de secretario, será realizado a través del decreto de convocatoria del procedimiento electoral para la determinación de la representatividad de las organizaciones agrarias profesionales con implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Se modifica por el art. único de la Ley 6/2016, de 24 de junio. Ref. BOE-A-2016-6650 .

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eli/es-ex/l/2015/03/24/6#art-305

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