Título TÍTULO IV

Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 18 ene 2014
A los efectos de las ayudas e incentivos establecidos por el Gobierno de Cantabria, las sociedades cooperativas cántabras, y sus socios de trabajo, podrán ser equiparados a los empresarios y trabajadores por cuenta ajena.
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eli/es-cb/l/2013/11/06/6#disposicion-adicional-cuarta

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