Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 27
En vigor desde 20 abr 2002
1. El Servicio Aragonés de Salud, organismo autónomo de naturaleza administrativa, adscrito al Departamento responsable de Salud, tiene como función principal la provisión (gestión y administración) de la asistencia sanitaria en la Comunidad Autónoma.
2. Este organismo se rige por la presente Ley, por su legislación específica y por las normas básicas y de coordinación general de la sanidad a que se refiere el artículo 149.1.16.ª de la Constitución.
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Proeli/es-ar/l/2002/04/15/6#art-27