Título TÍTULO VI
Art. Disposición adicional séptima
En vigor desde 14 dic 2024
Las disposiciones de esta ley se entenderán sin perjuicio de las determinaciones de la disposición adicional octava de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears.
Se modifica por el art. 50.4 de la Ley 7/2024, de 11 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-720 Se modifica por el art. 50.2 del Decreto-ley 3/2024, de 24 de mayo. Ref. BOE-A-2024-16940#a5-2
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/1997/07/08/6#disposicion-adicional-septima