Título TÍTULO VI
Art. Disposición adicional séptima
49 / 56En vigor desde 14 dic 2024
Las disposiciones de esta ley se entenderán sin perjuicio de las determinaciones de la disposición adicional octava de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears.
Se modifica por el art. 50.4 de la Ley 7/2024, de 11 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-720 Se modifica por el art. 50.2 del Decreto-ley 3/2024, de 24 de mayo. Ref. BOE-A-2024-16940#a5-2
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/1997/07/08/6#disposicion-adicional-septima