Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 16 ago 1997
En todo lo no previsto en esta Ley habrá de estarse a lo previsto en la Ley 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y en la legislación básica estatal.
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eli/es-cn/l/1997/07/04/6#disposicion-final-cuarta

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