Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 1 ene 1993
La presente ley entrará en vigor el 1 de enero de 1993.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-pv/l/1992/10/16/6#disposicion-final-tercera