Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 20

En vigor desde 29 jul 1989
Los presupuestos de las Administraciones Públicas vascas determinarán las plantillas presupuestarias o relación de plazas dotadas que correspondan a cada uno de los Grupos y Cuerpos de funcionarios y a cada una de las categorías en que, en su caso, se clasifique el personal laboral.
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eli/es-pv/l/1989/07/06/6#art-20

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