Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 4.ª Recurso contencioso-administrativo

Art. 249

En vigor desde 1 jul 2004
Las resoluciones que pongan fin a la vía económicoadministrativa serán susceptibles de recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente.
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eli/es/l/2003/12/17/58#art-249

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