Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
En vigor desde 1 ene 2003
Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los entes mencionados en los párrafos a), b), c) y d) del artículo anterior, se aprueban créditos en los capítulos económicos I a VII por importe de 211.515.071,95 miles de euros, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por funciones de los créditos de estos programas es la siguiente:
Miles de euros Alta Dirección del Estado y del Gobierno 468.861,75 Administración General 494.440,63 Relaciones Exteriores 1.001.098,12 Justicia 1.117.585,84 Protección y Seguridad Nuclear 42.841,39 Defensa 6.212.765,83 Seguridad y Protección Civil 5.419.350,37 Seguridad y Protección Social 91.215.550,31 Promoción Social 5.411.443,45 Sanidad 3.369.524,55 Educación 1.498.263,34 Vivienda y Urbanismo 645.609,37 Bienestar Comunitario 512.967,38 Cultura 816.644,12 Otros Servicios Comunitarios y Sociales 193.452,21 Infraestructuras Básicas y Transportes 7.778.039,64 Comunicaciones 165.777,61 Infraestructuras Agrarias 353.989,54 Investigación Científica, Técnica y Aplicada 1.952.395,54 Información Básica y Estadística 318.063,86 Regulación económica 2.394.548,13 Regulación financiera 4.129.983,72 Agricultura, Pesca y Alimentación 7.932.343,04 Industria 684.633,09 Energía 43.344,27 Minería 1.226.031,59 Turismo 133.545,20 Comercio 313.957,03 Transferencias a Admones. Públicas Territoriales 37.539.363,61 Relaciones financieras con la Unión Europea 8.496.651,01 Deuda Pública 19.632.006,41
Dos. Para la ejecución de las operaciones de Activos Financieros contenidas en los programas integrados en los estados de gastos de los Entes referidos en los párrafos a), b), c) y d) del artículo anterior se aprueban créditos por importe de 9.725.640,98 miles de euros, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley.
Tres. En los estados de ingresos de los entes a que se refieren los apartados uno y dos de este artículo, se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado, expresado en miles de euros, se recoge a continuación:
Miles de euros
Entes Capítulos económicos Capítulos I a VII Ingresos no financieros Capítulo VIII Activos financieros Total ingresos Estado 102.930.150,98 489.363,35 103.419.514,33 Organismos autónomos 30.217.926,70 798.505,66 31.016.432,36 Seguridad Social 72.808.250,39 200.379,51 73.008.629,90 Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley 74.562,36 39.253,76 113.816,12 Total 206.030.890,43 1.527.502,28 207.558.392,71
Cuatro. Para las transferencias internas entre los entes a que se refieren los apartados uno y dos de este artículo, se aprueban créditos por importe de 14.626.793,53 miles de euros con el siguiente desglose por entes:
Miles de euros
Transferencias según origen Transferencias según destino Estado Organismos autónomos Seguridad Social Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley Total Estado – 3.655.669,87 4.294.321,61 1.353.605,49 9.303.596,97 Organismos autónomos 2.611.477,23 89.246,69 – – 2.700.723,92 Seguridad Social 154.079,79 – 2.468.392,85 – 2.622.472,64 Organismos del .d) de la presente Ley – – – – – Total 2.765.557,02 3.744.916,56 6.762.714,46 1.353.605,49 14.626.793,53
Cinco. Los créditos incluidos en los programas y transferencias entre subsectores de los estados de gastos aprobados en este artículo, se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de euros, según se indica a continuación:
Miles de euros
Entes Capítulos económicos Capítulos I a VII Gastos no financieros Capítulo VIII Activos financieros Total gastos Estado 114.516.801,09 5.413.210,42 119.930.011,51 Organismos Autónomos 34.496.324,36 279.619,37 34.775.943,73 Seguridad Social 75.661.987,67 4.032.141,94 79.694.129,61 Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley 1.466.752,36 669,25 1.467.421,61 Total 226.141.865,48 9.725.640,98 235.867.506,46
Seis. Para la amortización de pasivos financieros, se aprueban créditos en el capítulo IX de los estados de gastos de los entes a que se refiere el apartado uno, por importe 37.602.354,65 miles de euros cuya distribución por programas se detalla en el anexo I de esta Ley.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/2002/12/30/52#art-2