Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional quincuagésima novena

En vigor desde 1 ene 2010
Uno. La celebración de la «Conmemoración del Bicentenario de la Constitución de 1812» tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Dos. La duración del programa de apoyo a este acontecimiento alcanzará desde el 1 de enero de 2008 hasta el final del evento. Tres. La certificación de la adecuación de los gastos e inversiones realizadas a los objetivos y planes del programa será competencia del Consorcio creado conforme a lo dispuesto en el artículo 27.2.b) de la citada Ley 49/2002, de 23 de diciembre, mediante Convenio de colaboración de 19 de marzo de 2007, por el que se crea el Consorcio para la Conmemoración del II Centenario de la Constitución de 1812. Cuatro. Las actuaciones a realizar serán las que aseguren el adecuado desarrollo del acontecimiento. El desarrollo y concreción en planes y programas de actividades específicas se realizará por el Consorcio al que se ha hecho referencia en el apartado tres. Cinco. Los beneficios fiscales de este programa serán los máximos establecidos en el artículo 27.3 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre. No obstante, las cantidades satisfechas, en concepto de patrocinio, por los espónsores o patrocinadores al Consorcio para la Conmemoración del Bicentenario de la Constitución de 1812, entidades de titularidad pública o entidades a que se refiere el artículo 2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, encargadas de la realización de programas y actividades del acontecimiento, se tendrán en cuenta a efectos del cálculo del límite previsto en el segundo párrafo del número primero del artículo 27.3 de la Ley 49/2002, antes mencionada. Se añade el párrafo final al apartado 5 por la disposición final 11 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-20765 .

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eli/es/l/2007/12/26/51#disposicion-adicional-quincuagesima-novena

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