Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional decimosexta

En vigor desde 1 ene 2008
Las plantillas máximas de militares profesionales de Tropa y Marinería a alcanzar a 31 de diciembre del año 2008 no podrán superar los 85.000 efectivos. Se autoriza al Ministerio de Defensa a iniciar los procesos de selección y reclutamiento a partir de la aprobación de la presente Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2007/12/26/51#disposicion-adicional-decimosexta

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil